La Agencia Tributaria tiene interés en utilizar toda la información que, de un
modo u otro, sea relevante para mejor disuadir e identificar la evasión fiscal. En
particular, puede mejorar su política de inspección si usa información sobre el
tipo de actividad del contribuyente. Las actividades se distinguen en varias características.
Algunas influyen sobre el nivel esperado de renta, otras afectan las
posibilidades de evadir de los contribuyentes. En esta sección, presentamos trabajos
en los cuales se tiene en cuenta, dentro del marco Principal-Agente, la
existencia de distintos tipos de actividad.
Distintos niveles de renta
No todas las actividades económicas dan lugar a la misma renta esperada. Si
bien existen algunos albañiles cuyos ingresos son mayores a los de algunos médicos,
también es cierto que la distribución de renta de los médicos toma valores
más altos que la de los albañiles. Por ello, no parece razonable que la
Administración aplique los mismos criterios ante una declaración de renta de un
albañil que ante la de un médico.
Cada contribuyente está obligado a reflejar en la declaración su actividad y
vamos a suponer que esto es información pública, es decir, el contribuyente no
puede mentir sobre la actividad en la que trabaja. Por ello, la Agencia puede diseñar
una política de inspección distinta para cada actividad, si ello va en su interés.
jueves, 16 de julio de 2009
domingo, 26 de septiembre de 2004
Resoluciones sobre Fraude de Ley, Economía de Opcion y Simulación en España
Concepto de conflicto en la aplicació de la norma tributaria en la nueva Ley General Tributaria
Dentro del marco de la discusión que se ha producido entre los especialistas en fiscalidad internacional, especialmente los interesados en fraude, en la delimitacion del concepto de conflicto en la aplicació de la norma tributaria en la nueva Ley General Tributaria, se seleccionan aqui algunas resoluciones y sentencias que hacen referencia al fraude de ley, economía de opción y fraude de ley.
BONOS AUSTRIACOS.
TEAR Catalunya (2/4/97)
TEAR Canarias (25/6/97)
TEAR La Rioja (24/11/97)
TEAR Madrid (3/12/97)
TEAR Baleares (30/4/98)
TEAR Andalucía (29/1/97)
TSJ Navarra (16/4/01, 11/6/01, 23/1/03)
TSJ La Rioja (27/10/01, 15/11/01, 27/11/01, 28/11/01, 15/01/02/19/2/02)
AN (24/11/98)
TEAC (26/5/99, 24/6/99)
TSJ Andalucía (27/3/02, 13/9/02, 30/9/02)
TSJ Islas Baleares (3/12/02)
TS (30/6/00, 15/4/03)
TSJ Pais Vasco (10/5/02, 19/11/02, 26/2/03, 30/9/03)
TSJ Madrid (4/12/02, 26/2/03)
TSJ Canarias (26/11/02)
VENTA DE ACCIONES A TRAVES DE SOCIEDAD INTERPUESTA.
TSJ La Rioja (13/7/00, 9/2/00, 24/2/00, 24/7/02, 15/11/02)
AN (9/10/03)
TEAC (27/5/86, 25/9/01, 28/11/01)
AMPLIACIÓN DE CAPITAL/REDUCCIÓN DE CAPITAL/VENTA DE DERECHOS.
TEAC (21/7/00, 26/4/00, 20/7/01, 13/9/02)
TSJ Valencia (16/7/02)
DELITO FISCAL
TS (15/7/02, 28/11/03): En estos casos se hacía referencia a Operación Societaria Compleja y a Concatenación de negocios.
ECONOMIA OPCIÓN:
TS (24/5/03)
AP Barcelona (18/3/99)
TSJ La Rioja (24/7/02)
JSJ Navarra (11/6/01)
AN (24/1/02)
TC (28/10/97)
LEASE-BACK.
AN (5/3/97, 21/2/02)
TEAC (8/11/94, 13/5/99, 22/10/99)
CONTRATOS DE SEGUROS DE VIDA.
AN (3/10/97, 7/11/97, 27/9/01)
TSJ País Vasco (20/1/00, 11/2/00, 15/3/02)
RENUNCIA DERECHOS SUSCRIPCIÓN.
TEAC (29/3/91, 26/9/91, 14/9/01, 18/3/03)
TS (22/10/98, 7/11/98)
AN (15/6/00)
TSJ Madrid (9/1/03)
OBLIGACIONES BONIFICADAS.
TEAC (11/6/97)
AN (25/10/00, 20/11/00, 4/12/00, 31/1/01, 20/12/01, 12/2/02, 14/2/02, 14/3/02, 18/4/02)
TSJ País Vasco (11/5(88, 9/3/01, 21/5/01, 19/10,01, 27/5/02, 10/7/02)
TSJ Navarra (25/10/00, 5/2/01)
TSJ Madrid (10/4/02)
Dentro del marco de la discusión que se ha producido entre los especialistas en fiscalidad internacional, especialmente los interesados en fraude, en la delimitacion del concepto de conflicto en la aplicació de la norma tributaria en la nueva Ley General Tributaria, se seleccionan aqui algunas resoluciones y sentencias que hacen referencia al fraude de ley, economía de opción y fraude de ley.
BONOS AUSTRIACOS.
TEAR Catalunya (2/4/97)
TEAR Canarias (25/6/97)
TEAR La Rioja (24/11/97)
TEAR Madrid (3/12/97)
TEAR Baleares (30/4/98)
TEAR Andalucía (29/1/97)
TSJ Navarra (16/4/01, 11/6/01, 23/1/03)
TSJ La Rioja (27/10/01, 15/11/01, 27/11/01, 28/11/01, 15/01/02/19/2/02)
AN (24/11/98)
TEAC (26/5/99, 24/6/99)
TSJ Andalucía (27/3/02, 13/9/02, 30/9/02)
TSJ Islas Baleares (3/12/02)
TS (30/6/00, 15/4/03)
TSJ Pais Vasco (10/5/02, 19/11/02, 26/2/03, 30/9/03)
TSJ Madrid (4/12/02, 26/2/03)
TSJ Canarias (26/11/02)
VENTA DE ACCIONES A TRAVES DE SOCIEDAD INTERPUESTA.
TSJ La Rioja (13/7/00, 9/2/00, 24/2/00, 24/7/02, 15/11/02)
AN (9/10/03)
TEAC (27/5/86, 25/9/01, 28/11/01)
AMPLIACIÓN DE CAPITAL/REDUCCIÓN DE CAPITAL/VENTA DE DERECHOS.
TEAC (21/7/00, 26/4/00, 20/7/01, 13/9/02)
TSJ Valencia (16/7/02)
DELITO FISCAL
TS (15/7/02, 28/11/03): En estos casos se hacía referencia a Operación Societaria Compleja y a Concatenación de negocios.
ECONOMIA OPCIÓN:
TS (24/5/03)
AP Barcelona (18/3/99)
TSJ La Rioja (24/7/02)
JSJ Navarra (11/6/01)
AN (24/1/02)
TC (28/10/97)
LEASE-BACK.
AN (5/3/97, 21/2/02)
TEAC (8/11/94, 13/5/99, 22/10/99)
CONTRATOS DE SEGUROS DE VIDA.
AN (3/10/97, 7/11/97, 27/9/01)
TSJ País Vasco (20/1/00, 11/2/00, 15/3/02)
RENUNCIA DERECHOS SUSCRIPCIÓN.
TEAC (29/3/91, 26/9/91, 14/9/01, 18/3/03)
TS (22/10/98, 7/11/98)
AN (15/6/00)
TSJ Madrid (9/1/03)
OBLIGACIONES BONIFICADAS.
TEAC (11/6/97)
AN (25/10/00, 20/11/00, 4/12/00, 31/1/01, 20/12/01, 12/2/02, 14/2/02, 14/3/02, 18/4/02)
TSJ País Vasco (11/5(88, 9/3/01, 21/5/01, 19/10,01, 27/5/02, 10/7/02)
TSJ Navarra (25/10/00, 5/2/01)
TSJ Madrid (10/4/02)
Suscribirse a:
Entradas (Atom)