lunes, 26 de octubre de 2009

Investigacion Fiscal por la Agencia Tributaria Española (3)

Honestidad de los contribuyentes

Muchas situaciones que la Agencia Tributaria española estudia (y no digamos el Sindicato de auxiliares a la Inspección) se basa en el supuesto que los
contribuyentes eran estratégicos, toman decisiones maximizando su utilidad esperada.
Sin embargo, existen trabajos que apoyan empíricamente el supuesto de que algunos contribuyentes son honestos y no intentan comportarse estratégicamente, como por ejemplo los de Alexander y Feinstein (1987); Roth et al (1989), y Sheffrin y Triest (1992). Por ello, incluso alguna parte de la doctrina española opina que no todos los contribuyentes actúan estrategicamente. Muchos ciudadanos pagan impuestos de forma honesta, sin realizar cálculos complicados sobre cuál es su mejor estrategia.

Las campañas de concienciación que regularmente llevan a cabo los gobiernos tienen como objetivo mostrar las ventajas provenientes del hecho de pagar impuestos, induciendo a los ciudadanos a contribuir de forma honesta a los gastos generales. Cuantos más contribuyentes, por razones éticas, paguen sus impuestos de forma honesta sistemáticamente, más fácil debiera ser la tarea de la Agencia.

Si la Agencia fuese capaz de distinguir sin duda entre contribuyentes honestos
y contribuyentes “estratégicos”, entonces el problema de la política de inspección
óptima sería igual que los que hemos venido analizando. La única diferencia
sería que la Agencia sólo tendría que inspeccionar a un subconjunto de la población,
con lo que o bien ahorraría recursos, o bien podría aumentar la presión de
inspección sobre aquellos contribuyentes susceptibles de evadir. Sin embargo, la
Agencia no puede distinguir a priori un contribuyente honesto de uno estratégico.
Por ello, la existencia de un grupo (una clase) de contribuyentes honestos
afecta la estrategia de inspección de forma no totalmente inmediata.

Y esto tiene una importancia fundamental en la investigación de fraude fiscal que lleva a cabo la Agencia Tributaria española.

sábado, 26 de septiembre de 2009

Investigacion Fiscal por la Agencia Tributaria Española (3)

Justicia recaudatoria e investigacion del fraude fiscal

Un euro gastado en inspeccionar actividades fáciles de controlar es más efectivo
que si se dedica a inspeccionar actividades en las que descubrir a un evasor es
muy difícil. Por ello, el nivel de renta declarada que garantiza “inmunidad” es más
alto cuanto más fácil de inspeccionar es la actividad.

Este resultado en términos de eficiencia puede ir en conflicto con ideas de “justicia”: aquellos contribuyentes que son más fáciles de inspeccionar, sufren además mayor presión de inspección. Por ello, si se quieren tener en cuenta ideas relacionadas con la justicia impositiva, se debe enriquecer la función objetivo de la Agencia.

En todo caso, el mensaje no es tan negativo en términos de justicia como una
primera lectura sugiere. Si bien es cierto que son los contribuyentes con rentas
fácilmente controlables quienes sufren inspección en un intervalo mayor de declaraciones de renta, y además son ellos quienes, en esperanza, pagan mas impuestos, también es cierto que la probabilidad de inspección es mayor cuanto
más difícil es detectar la renta (hasta que la detección es tan difícil que la Agencia decide no inspeccionar a nadie)

domingo, 16 de agosto de 2009

Investigacion Fiscal por la Agencia Tributaria Española (2)

Distintas posibilidades de evasión

Las características de las distintas actividades pueden llevar a que sea más fácil
o más difícil identificar a los evasores. Los datos y hechos estilizados disponibles
permiten apoyar esta hipótesis. Por un lado, en un reciente estudio de
Bloomquist (2003) se demuestra que las oportunidades o el coste de oportunidad
de evadir y la probabilidad de detección dependen de la distribución de la
renta. En sociedades más polarizadas (como es el caso ahora en EEUU) la evasión
aumenta. Por otro lado, el IRS estimó que en 1982 el porcentaje de cumplimiento
fiscal fue del 87,2%. Pero cambiaba mucho entre actividades.

Mientras las rentas derivadas de sueldos y salarios tenían un cumplimiento fiscal
del 93,9%, los intereses del 86,3%, y las ganancias de capital del 59,4%, los pequeños negocios declaran sólo el 47,0%, los proveedores informales el 20,7%,
y el cumplimiento fiscal de los agricultores es negativo, -18,0%.

Ueng y Yang (2004)consideraron el caso en el que distintos individuos pueden sufrir distintas pérdidas de bienestar asociadas a las multas y los impuestos y por tanto el gobierno puede desear tratarlos de forma distinta. En su trabajo los individuos son aversos al riesgo y en equilibrio coexisten contribuyentes honestos y deshonestos. Pestieau et al (2004) consideran la posibilidad de que la fuente de renta sea desconocida para el regulador.

jueves, 16 de julio de 2009

Investigacion fiscal por la Agencia Tributaria Española (1)

La Agencia Tributaria tiene interés en utilizar toda la información que, de un
modo u otro, sea relevante para mejor disuadir e identificar la evasión fiscal. En
particular, puede mejorar su política de inspección si usa información sobre el
tipo de actividad del contribuyente. Las actividades se distinguen en varias características.

Algunas influyen sobre el nivel esperado de renta, otras afectan las
posibilidades de evadir de los contribuyentes. En esta sección, presentamos trabajos
en los cuales se tiene en cuenta, dentro del marco Principal-Agente, la
existencia de distintos tipos de actividad.

Distintos niveles de renta
No todas las actividades económicas dan lugar a la misma renta esperada. Si
bien existen algunos albañiles cuyos ingresos son mayores a los de algunos médicos,
también es cierto que la distribución de renta de los médicos toma valores
más altos que la de los albañiles. Por ello, no parece razonable que la
Administración aplique los mismos criterios ante una declaración de renta de un
albañil que ante la de un médico.

Cada contribuyente está obligado a reflejar en la declaración su actividad y
vamos a suponer que esto es información pública, es decir, el contribuyente no
puede mentir sobre la actividad en la que trabaja. Por ello, la Agencia puede diseñar
una política de inspección distinta para cada actividad, si ello va en su interés.